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Duro revés judicial al fallo que había convalidado las “absoluciones pagas”
La Sala Penal prorrogó la prisión preventiva de los dos acusados, al considerar la gravedad del hecho y la inminencia del juicio por jurado.
DESTACADA DEL DIA18/10/2025
Carlos López Véliz La causa por el homicidio de Diego Pinto, ocurrido en octubre de 2023 a la salida de un boliche en la zona de Alto Fariñango, tomó un giro decisivo tras una reciente resolución del máximo tribunal de Justicia provincial.
La Sala Penal de la Corte de Justicia, integrada por los ministros Fernanda Rosales Andreotti, Hernán Martel y Verónica Saldaño, resolvió prorrogar la prisión preventiva de Ramón Darío Tello y Facundo Nicolás Cristaldo, imputados por homicidio simple con dolo eventual.
El fallo se dictó en respuesta al pedido del fiscal de Cámara Miguel Mauvecín, quien había solicitado la medida de carácter extraordinario antes del vencimiento del plazo legal. Mauvecín fundamentó su pedido en la complejidad del caso y la cercanía del juicio por jurado, remarcando que subsisten los mismos riesgos procesales que motivaron la detención inicial.
Según trascendió, la Corte consideró que el caso presenta una alta carga probatoria y una sensibilidad especial al tratarse de un delito contra la vida, sumado al procedimiento excepcional que implica un debate ante jurado popular. Los ministros advirtieron que una eventual libertad de los imputados podría afectar la comparecencia de testigos claves y comprometer la eficacia del proceso judicial.
En contrapartida, los defensores Orlando del Señor Barrientos y Víctor García, patrocinantes de Tello y Cristaldo respectivamente, se opusieron a la medida y solicitaron su revocación. No obstante, la postura del fiscal fue respaldada por el procurador general Tristán Lobo, quien avaló la prórroga ante el riesgo de fuga o entorpecimiento de la investigación.
La resolución establece que la prisión preventiva se extenderá por el tiempo estrictamente necesario para la realización del juicio y hasta el dictado de la sentencia definitiva, sin superar el límite máximo de un año previsto por la ley procesal.
De acuerdo con la agenda de la Oficina de Gestión de Audiencias (OGA), la audiencia de admisión de pruebas se concretó recientemente, mientras que la selección del jurado (voir dire) y el inicio del juicio popular fueron programados para el 11 de noviembre próximo.

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