El asesino del policía Chávez podría recuperar la libertad tras declararse nulo el juicio

Una grave intervención del juez director Marcelo Soria llevó a los jurados a emitir un fallo de culpabilidad con el agravante de que la víctima se trataba de un policia y por lo que fuera condenado Chávez a prisión perpetua.
02/02/2026Carlos López Véliz Carlos López Véliz


El homicidio que conmocionó a la sociedad catamarqueña vuelve a foja cero. La Corte anuló por mayoría el veredicto del jurado popular y la sentencia contra José Javier Aguilar. Con los plazos de la prisión preventiva vencidos, el acusado podría quedar en libertad mientras se organiza un nuevo juicio.
La Sala Penal de la Corte de Justicia declaró por mayoría la nulidad del veredicto y de la sentencia dictada en agosto de 2024 contra José Javier Aguilar, condenado por el homicidio calificado del policía Carlos Diego Chávez, un crimen que impactó profundamente en la sociedad catamarqueña por la violencia del hecho y su contexto.
El fallo fue firmado por los ministros Fernanda Rosales Andreotti y Néstor Hernán Martel, con la disidencia de la ministra Rita Verónica Saldaño. La mayoría entendió que durante la deliberación del jurado popular se produjo un vicio sustancial que compromete la validez del veredicto.
Según el análisis de los jueces mayoritarios, el error se originó cuando el jurado formuló una consulta clave sobre los requisitos del delito de homicidio calificado por tratarse de una víctima perteneciente a una fuerza de seguridad. La duda giró en torno a si era necesario un móvil específico de odio hacia la policía o si bastaba con que el acusado conociera la condición funcional de la víctima.
En ese contexto, la Corte consideró que el juez director excedió su rol al brindar una respuesta aclaratoria directa, en lugar de remitirse estrictamente a las instrucciones finales ya consensuadas con las partes, lo que pudo influir de manera indebida en la decisión del jurado ciudadano.
Para Rosales Andreotti y Martel, en el sistema de juicio por jurados el juez técnico debe limitarse a garantizar el marco legal del proceso, sin intervenir —ni siquiera indirectamente— en la formación de la convicción sobre los hechos y la culpabilidad. Cualquier aclaración posterior al inicio de la deliberación, sostuvieron, puede afectar la libertad decisoria del jurado y el principio de imparcialidad.
“Las instrucciones cuestionadas configuran un error de procedimiento que afectó de manera perjudicial la función decisoria del jurado”, señalaron, y remarcaron que no se brindaron instrucciones suficientemente precisas sobre los elementos constitutivos del tipo penal agravado.
Por ese motivo, la Corte resolvió anular el juicio y el veredicto, sin ingresar al análisis de la prueba producida durante el debate.
En disidencia, la ministra Rita Verónica Saldaño sostuvo que el veredicto del jurado no fue arbitrario, que la acusación logró acreditar la calificación legal y que el jurado actuó conforme a las instrucciones impartidas. A su criterio, el juez director no introdujo conceptos nuevos ni alteró el contenido de las instrucciones finales, por lo que propuso rechazar el recurso de casación y confirmar la condena.
Con la nulidad declarada, la Oficina de Gestión de Audiencias deberá fijar fecha para reiniciar todo el proceso: sorteo de juez director, conformación de un nuevo jurado popular y admisión de evidencias.
Mientras tanto, y debido a que los plazos de la prisión preventiva se encuentran vencidos, José Javier Aguilar podría recuperar la libertad, una situación que vuelve a generar conmoción y fuerte malestar social, especialmente por tratarse del crimen de un policía que había intentado auxiliar a la pareja del acusado, quien estaba siendo víctima de violencia, cuando fue atacado y asesinado.

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