
Le secuestraron el celular por sacarle fotos sin consentimiento a una mujer en una estación de servicio.




Redaccion Catamarca en cana Luciano Rojas, el reconocido abogado penalista catamarqueño, fue elegido por por el Colegio de Abogados para un nuevo cargo.
Su trayectoria, marcada por el protagonismo en juicios relevantes en la provincia, lo lleva a qué hoy sea el nuevo Coordinador General de la Comisión del Derecho Penal, será quien coordine y capacite a los letrados, quienes gestionarán las soluciones a las diversas problemáticas que se presentan en el ejercicio de la profesión en el fuero penal.
La resolución:
San Fernando del Valle de Catamarca, 05 de diciembre de 2022
VISTO:
La Resolución del Consejo Directivo del Colegio de Abogados Nº 18 /2018, por la que se crea la Comisión de Derecho Penal, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución de esta Comisión Directiva Nº 06/2018, se aprobó el Reglamento de los Institutos y Comisiones a crearse dentro del ámbito del Colegio de Abogados de Catamarca.
Que conforme lo establecido en el Artículo 28 del Reglamento corresponde se designe coordinador de la comisión a los fines de asegurar su funcionamiento.
Que mediante Resolución de Presidencia Nº 10/2018, se designó como Coordinadores al Abogado Marcelo Ariel Gonzales y a Jorge Ricardo de la Fuente.
Que en Razón de que el Coordinador Marcelo Ariel Gonzales, presenta su renuncia por haber cambiado su situación laboral, generando incompatibilidades para desempeñar tal designación.
Por ello, en uso de las Facultades establecidas en el Reglamento Orgánico de los Institutos y Comisiones del Colegio de Abogados,
EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DIRECTIVO
DEL COLEGIO DE ABOGADOS DE CATAMARCA
RESUELVE:
ARTICULO 1º: Designar como COORDINADOR GENERAL de la Comisión de Derecho Penal del Colegio de Abogados de la Provincia, al Abogado LUCIANO ALBERTO ROJAS, MP Nº: 1621, conforme a los Considerandos expuestos en el presente instrumento.
Designar como COORDINADORES ADJUNTOS al Abogado JORGE RICARDO DE LA FUENTE, MP 2248 y a la Abogada MARIEL CAROLINA ALE, MP 2061, conforme los considerandos expuestos en el presente instrumento.
ARTICULO 2º: Protocolícese, hágase saber y cumplido ARCHIVESE.

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