
Dictaron el sobreseimiento a un condenado por homicidio.
Redaccion Catamarca en cana 
El Juez Correccional Nº1, Marcelo Forner, lo condenó a la pena de dos años y tres meses de prisión en suspenso y a 6 años de inhabilitación para conducir a Eduardo Campos imputado por “homicidio culposo agravado” por un accidente fatal ocurrido en mayo de 2011. La sentencia fue coincidente con el pedido realizado por el Ministerio Público Fiscal.
El fallo fué en recuso de casación interpuesto por el abogado Luciano Rojas, a lo qué el máximo tribunal de la corte provincial considero viable y decreto el sobreseimiento definitivo y revocar el fallo anterior por la prescripción de la acción penal por el tiempo transcurrido más de 10 anos para la realización del juicio.
Campos dijo que el accidente no fue un vuelco como se dijo en el expediente. Señaló que él iba a una velocidad normal porque el rodado era viejo y lo había adquirido hace poco tiempo.
La fiscal Daniela Barrionuevo mantuvo la acusación contra Campos y pidió una pena de dos años y tres meses en suspenso, y la inhabilitación para conducir por seis años. Por su lado, Rojas había solicitado la absolución por el beneficio de la duda para su defendido. El siniestro vial fatal por el que fuera condenado Campos había ocurrido el 12 de mayo de 2011, a las 15, en la ruta Provincial Nº46, a la altura del kilómetro 28, en Pomán. Se trasladaban en un Peugeot 306. En el rodado iban Lorenza del Carmen Valdez, Jorge Álvarez, Verónica Álvarez y Milagros Campos. Tras el vuelco, Valdez resultó gravemente herida y fallecido a las pocas horas.
La representante del Ministerio Público Fiscal valoró la prueba documental y testimonial que obran en el expediente. En tanto, Rojas habían manifestado que una pericia no es igual a un informe e indicó que hubo contradicciones y que su asistido no pudo efectuar ningún control sobre la autopsia o las pericias.


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