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Por primera vez y de manera oral, en el Fuero Penal Juvenil se realizó una audiencia de control de pena.
DESTACADA DEL DIA 14 de junio de 2023En el ámbito del Juzgado de Ejecución Penal Juvenil, por primera vez se llevó a cabo una audiencia de control de pena. En la oportunidad el joven, condenado por la Cámara de Sentencia Penal Juvenil por una agresión sexual en octubre de 2021 a la pena de seis años de prisión, había solicitado la libertad condicional. Oportunamente había sido hallado culpable por el delito “abuso sexual con acceso carnal”.
La audiencia fue presidida por el juez Penal Juvenil Rodrigo Morabito. El Ministerio Público Fiscal fue representado por el fiscal del fuero especializado Guillermo Narváez. La defensa estuvo a cargo del defensor Penal Juvenil Sergio Véliz. También estuvieron presentes todos los operadores del Sistema Penitenciario. Por tratarse de un delito contra la integridad sexual, la audiencia se llevó a cabo a puertas cerradas.
La audiencia se desarrolló durante tres horas. El joven, actualmente de 23 años, había solicitado la libertad condicional. De acuerdo con el artículo 8 de la Ley Provincial 5544 de Régimen de Responsabilidad Penal Juvenil, se adoptan algunos principios y garantías, entre éstos el derecho a la revisión periódica de la sanción.
Según se detalló, distintas áreas del Servicio Penitenciario respondieron a la solicitud en cuestión. En la audiencia, participaron referentes de las áreas de Laborterapia, Educación, Sanidad y Seguridad. Tales se manifestaron a favor de la libertad condicional. A la vez, destacaron que el joven viene con un buen desempeño. Se valoró que está terminando el secundario y realiza un tratamiento por consumo problemático de sustancias y se halla dentro del programa de agresores sexuales. Además, cumple con las labores que se le solicitan y no tuvo mayores conflictos.
No obstante, los informes de las áreas de Psicología y de Asistencia Social no resultaron favorables. Al respecto, se advirtió que el joven no tiene contención familiar y el lugar donde solicitó ir para fijar domicilio es muy precario desde el punto de vista familiar. “La familia debe involucrarse más”, se aclaro. También se señaló que en el área Psicología se detectaron algunas dificultades.
A su turno, el fiscal Narváez resaltó algunas cuestiones. El representante del Ministerio Público Fiscal consideró que por el momento no están dadas las condiciones para la libertad condicional. En tanto que la defensa solicitó el beneficio de la libertad condicional.
Tras los planteos, el magistrado resolvió no conceder el beneficio de la libertad condicional. También fijó una nueva audiencia de revisión periódica de la sentencia y solicitud de la libertad condicional para el 13 de septiembre. Por último, dispuso notificar a la Fiscalía Federal por la posible comercialización de estupefacientes en el penal.
Al respecto, se indicó que la decisión se tomó con base a los derechos de la víctima, con base a las argumentaciones del fiscal, psicóloga y asistencia social. Otro aspecto que se tuvo en cuenta fue que faltaban ajustar cuestiones fundamentales, más allá de todas las falencias que tiene el Sistema Penitenciario, y denegó el beneficio de la libertad condicional.
En otro orden, las fuentes consultadas valoraron que ambas partes, Fiscalía y Defensa, destacaron lo inédito de la audiencia, la posibilidad de interacción entre todos los actores y las ventajas: resaltar las falencias que tienen los sistemas de encierro porque, siendo autoridad competente, carecen de especialidad en la materia. Se advirtió que el tratamiento para con este joven se lleva a cabo con el mayor apego a las normativas vigentes pero el personal no está capacitado. También se resaltó el poco tratamiento psicológico que tienen. La psicóloga manifestó que solo se le da asistencia psicológica a los internos que la piden o si están próximos a un derecho carcelario.
Consentimiento viciado
La Cámara de Sentencia Penal Juvenil que condenó a este joven estuvo integrada por los jueces Rodrigo Morabito, Luis Guillamondegui y Mauricio Navarro Foressi. “El joven durante el juicio reconoció haber tenido relaciones sexuales con ella. El hecho existió y fue cometido por el imputado aprovechándose del estado absoluto de vulnerabilidad en el que se encontraba la niña, en razón de haber ingerido gran cantidad de estupefacientes y alcohol sin posibilidad de prestar en forma libre su consentimiento para una relación sexual íntima”, se remarcó.
En este sentido, se advirtió que ella se encontraba absolutamente privada de sentido debido a que estaba drogada y había consumido alcohol en exceso en la fiesta a la que acudió. Esta circunstancia no era desconocida por el joven.
“Ese estado de intoxicación se intensificó con el consumo de alcohol, lo que la llevó a aceptar retirarse con el joven imputado quien sabía que ella estaba drogada. A pesar del estado calamitoso de intoxicación en el que se encontraba la chica y aprovechándose de esa situación, la condujo a su domicilio para abusar sexualmente”, se indicó. En mayo del año pasado, por unanimidad, la Corte de Justicia de Catamarca confirmó la condena.
El caso Luz
El hecho sucedió en noviembre de 2016. El acusado, por entonces, era un adolescente de 16 años. La víctima era Luz, una chica de 13 años.
De acuerdo con los testimonios oídos en audiencia, ambos habían estado en una fiesta. Según detallaron, en este contexto de fiesta y bajo los efectos de algunas sustancias, se produjo el ultraje.
Horas después, cuando regresó a su casa, la chica decidió poner fin a su vida.
El joven llegó a debate con prisión preventiva domiciliaria, en el marco del Programa de Asistencia de Personas Bajo Vigilancia Electrónica, tras incumplir con algunas medidas.(fuente el Ancasti Digital)
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