Robó dos garrafas y fue absuelto al devolver lo sustraído.

El acusado devolvió las dos garrafas y entregó la suma de dinero para compensar las molestias causadas. También pidió perdón.

DESTACADA DEL DIA 19 de noviembre de 2023 Carlos López Véliz Carlos López Véliz
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El acusado debía responder por el delito de “hurto agravado por escalamiento en calidad de autor”. El hecho sucedió en agosto de 2019. El imputado ingresó en horas de la madruga a una vivienda de la zona de la Capital. No ejerció violencia en las cosas ni en personas y se llevó dos garrafas de 10 kilos cada una. Luego se dio a la fuga.
 
El Tribunal fue presidido por el juez Luis Guillamondegui. El Ministerio Público Fiscal fue representado por el fiscal Augusto Barros. La defensa fue ejercida por el abogado del foro local Claudio Contreras. Oportunamente, la denunciante firmó el convenio en cuestión y manifestó su conformidad ante el planteo de la defensa. El acusado devolvió las dos garrafas y entregó la suma de dinero para compensar las molestias causadas. También pidió perdón.
 

La “extinción de la acción penal” es una forma de terminar un proceso por diferentes motivos, sin que se llegue a un pronunciamiento condenatorio. Una de las causas de extinción es la reparación integral. Es una nueva oportunidad para el imputado pero solo se concede en algunas circunstancias. “La flamante norma reconoce el derecho del imputado de extinguir la respectiva acción penal por conciliación o reparación integral. Como todo derecho legalmente admitido, es directamente operativo -como también lo entiende parte de la doctrina y jurisprudencia dominante-. La mencionada circunstancia de falta de reglamentación es sencillamente subsanable mediante el parámetro de otras regulaciones como marco de referencia a fines de su equitativa aplicación en la praxis cotidiana.

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