No hay elementos para someterlo a un juicio político a Laurano Palacios

Tras la decisión del fiscal de no acusar, trascendió que el jury pedirá algunos informes antes de tomar una decisión final.

DESTACADA DEL DIA 28 de marzo de 2023 Redaccion Catamarca en cana Redaccion Catamarca en cana
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El fiscal del jury de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial, Miguel Mauvecín, consideró improcedente el pedido de enjuiciamiento contra el fiscal Laureano Palacios por la investigación que llevó adelante en el marco de la muerte del exministro de Desarrollo Social, Juan Carlos Rojas. El funcionario judicial consideró que Palacios no cometió irregularidades en la investigación y que las medidas dispuestas fueron acertadas para la causa. El fiscal del jury sostuvo en su dictamen que el pedido de la segunda autopsia fue solicitado por Palacios, previo a las declaraciones públicas del sindicalista Luis Barrionuevo. Además, fue clave en su resolución el testimonio del fiscal general, Alejandro Dalla Lasta Baroni, cuando se inhibió para actuar como fiscal del jury, quien ya había señalado que no encontró irregularidades en la investigación cuando fue designado para actuar a la par de Palacios.

 

 
 

“De la causa se desprende que el Fiscal actuó con la debida diligencia que requiere la intervención judicial ante una muerte sospechada de criminalidad. En efecto, de las constancias observadas surge que al tomar conocimiento de la muerte del Rojas (hrs. 12:50), el Fiscal se hizo presente con su secretario en el lugar del hecho (hrs. 13:30) y convocó a las divisiones de la Policía Provincial necesarias acorde al suceso informado, en este caso los peritos fotógrafo, papiloscópico, planimétrico y de análisis clínico de la División Criminalística, la médica que se encontraba de turno en el cuerpo forense, bomberos y personal de la División Homicidios. La convocatoria del personal referido desde el inicio mismo indica que extremó los recaudos a su alcance para garantizar la mayor prolijidad en la investigación”, indicó Mauvecín.


Luego señala que en el lugar de la muerte de Rojas, su domicilio particular, se realizó una minuciosa inspección ocular en donde se relevaron indicios, se tomaron muestras bioquímicas y se realizó una inspección externa del cuerpo y, al no poder determinarse con esta medida la causa de muerte, se ordenó la realización de operación autopsia.

 
En ese marco, defiende la decisión de realizar una segunda autopsia. “El Fiscal (por Palacios), probablemente porque no estaba convencido, ordena otra necropsia, no hay constancia del momento que decidió realizar la misma, pero evidentemente fue entre las 22:00 hrs. del 04/12/2022 (fecha y hora de la entrega del cuerpo) y las 9:00 hrs. del 05/12/2022, fecha y hora del acta formalizada en la sede del velatorio por personal de la Policía Judicial.

Luego señala que los delegados judiciales se hacen presentes en la sede de UTHGRA el día 05/12/2022 a hrs. 09:00, lugar en donde velaban a Rojas y allí se entrevistan con los hijos comunicándoles que debían trasladar nuevamente el cuerpo a la morgue judicial para efectuar en el mismo una nueva autopsia. “Adviértase que la declaración del señor Luis Barrionuevo se efectivizó ese 05/12/2022 a hrs. 09:54 cuando la decisión ya estaba tomada por el Fiscal. Es errónea la idea de que el Fiscal ordenó una segunda autopsia por lo que el señor Barrionuevo le relató a la prensa. Evidentemente la información que ya tenía la familia del extinto Rojas se 'filtro' y el Sr. Barrionuevo aprovechó dicha circunstancia y la dio a conocer”, indicó Mauvecín.

En su dictamen, Mauvecín hizo referencia a la posición del fiscal Alejandro Dalla Lasta al momento de fundar su inhibición en la que sostuvo que en su rol de fiscal general "de haber observado una grosera irregularidad que pueda atentar gravemente con el normal desarrollo de la investigación, lo hubiera denunciado al Procurador General, circunstancia ésta que no ha sucedido", indica.
 
 

 
 

 

 

 
 

 
 

 
 
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