Masacre de Capilla del Rosario: Confirmadas las Absoluciones por la Corte Suprema

12 de marzo de 2024 JOSE ECHEVARRIA JOSE ECHEVARRIA

Masacre de Capilla del Rosario: Confirmadas las Absoluciones por la Corte Suprema

La Corte Suprema de Justicia de la Nación ha emitido un fallo crucial respecto a uno de los casos más emblemáticos de violencia política en Argentina. En una decisión que ha generado controversia y profundo pesar entre los familiares de las víctimas, se han dejado firmes las absoluciones de Carlos Carrizo Salvadores, Mario Nakagama y Jorge Acosta, quienes estaban acusados por su presunta participación en la Masacre de Capilla del Rosario.

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Este fallo de la Corte Suprema viene a poner fin a un largo proceso judicial, desestimando el recurso de queja presentado por los familiares de las víctimas. La querella había agotado todas las instancias posibles en un intento por revertir el fallo de la Sala de Casación Penal, el cual había contrariado la pena de prisión perpetua impuesta inicialmente en el año 2013 por el Tribunal Oral Federal.

La trágica "Masacre de Capilla del Rosario" tuvo lugar en agosto de 1974, durante un enfrentamiento entre la Policía de Catamarca y miembros del Ejército Revolucionario del Pueblo. En este violento episodio, dos integrantes del ERP perdieron la vida, mientras que dos policías resultaron heridos. Posteriormente, un grupo de sobrevivientes fue detenido por las fuerzas de seguridad en los alrededores de Capilla del Rosario, en Collagasta.

El juicio oral que tuvo lugar en 2013 reveló detalles espeluznantes de lo ocurrido. Se demostró que una vez detenidos y desarmados, sin posibilidad de resistencia, varios militantes fueron ejecutados por sus captores con ráfagas de ametralladoras. Este acto brutal y premeditado cobró la vida de varios individuos inocentes, sumiendo a sus familias en el dolor y la injusticia.

Durante el juicio, se estableció la responsabilidad de Carrizo Salvadores, Nakagama y Acosta en la coordinación y ejecución de este operativo mortal. Sin embargo, la sentencia inicial de prisión perpetua fue revocada en 2016 por la Cámara Federal de Casación Penal, alegando que los hechos no calificaban como crímenes contra la humanidad debido a la ausencia de un plan sistemático de persecución.

Esta decisión de la Corte Suprema ha generado fuertes críticas por parte de figuras prominentes en el ámbito legal y de derechos humanos. El fiscal general Javier De Luca ha recurrido ante el máximo tribunal, argumentando que las absoluciones son contrarias a la justicia y que existe evidencia suficiente para respaldar las condenas.

Sin embargo, a pesar de los esfuerzos por revertir este fallo, la Corte Suprema ha ratificado las absoluciones, dejando a los acusados en libertad y cerrando una dolorosa página en la historia judicial de Argentina. Este caso, que coincide con el cincuentenario de la masacre, seguirá siendo objeto de debate y reflexión en el país, recordándonos la importancia de la memoria y la búsqueda incansable de la verdad y la justicia.

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