LO CONDENARON AL "CHURRO" SILVA.

Condenado en suspenso por "homicidio culposo", pero al penal por un "robo" Se unificó la pena y debe cumplir tres años de prisión efectiva .

DESTACADA DEL DIA16 de junio de 2024Redaccion Catamarca en cana Redaccion Catamarca en cana



 
  
 
 

 
 
 
 
 
Luis Ricardo “El Negro Churro” Silva nuevamente fue declarado culpable. A principios de abril se llevó de manera ilegítima cables, reflectores y dos cámaras de seguridad de una obra en construcción en el Instituto Médico de la Comunidad, en la esquina de avenida Belgrano y Salta. El fiscal de Instrucción de Cuarta Nominación, Federico Aldeco, lo imputó por “robo agravado por escalamiento”. El viernes en el Juzgado de Control de Garantías de Cuarta Nominación se llevó a cabo un juicio abreviado.
 

  
 
 
 
 

 
 
 
 

 
El representante del Ministerio Público Fiscal mantuvo la acusación. El imputado, asistido por un abogado del foro local, decidió confesar. De esta manera admitió su responsabilidad. Debido a que Silva contaba con una pena en suspenso de dos años y siete meses de prisión en suspenso -en agosto de 2021 fue hallado culpable por un “homicidio culposo”-, se unificó la condena a tres años de prisión efectiva. El juez de Control de Garantías Marcelo Sago lo declaró culpable por el delito contra la propiedad por el que venía incriminado, lo condenó a tres años de prisión y lo declaró reincidente.
 
En los juicios abreviados suele primar la celeridad. En menos de un mes, entre la comisión del hecho y la realización del juicio abreviado, hay una condena y en muchos casos de cumplimiento efectivo. Se trata de una solución alternativa, sobre todo para los vecinos que son víctimas de la inseguridad. En estos procesos resulta primordial que el acusado reconozca su responsabilidad en los hechos que se le imputan y la prueba que lo sostenga. La colaboración y compromiso de la sociedad para denunciar y testificar también es fundamental.
 
 
“La ejecución de la pena privativa de libertad, en todas sus modalidades, tiene por finalidad lograr que el condenado adquiera la capacidad de respetar y comprender la ley, así como también la gravedad de sus actos y de la sanción impuesta, procurando su adecuada reinserción social, promoviendo la comprensión y el apoyo de la sociedad, que será parte de la rehabilitación mediante el control directo e indirecto”, establece el artículo 1 de la Ley Nacional 24660 de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad.

 

Antecedente
En agosto de 2021, “El Negro Churro” Silva ocupó el banquillo de los acusados del Juzgado Correccional de Segunda Nominación. Había llegado imputado por “homicidio culposo agravado por la conducción imprudente de un vehículo automotor”. La víctima era Jonathan Salazar Flores, un joven de 18 años.

El Tribunal fue presidido por el juez Diego Chayle Costilla. El Ministerio Público Fiscal fue representado por la fiscal Olga Pereyra, quien estuvo acompañada por el abogado Fernando Contreras, en representación de la querella. En tanto que la defensa fue ejercida por el abogado de foro local Víctor García. Debido a la cantidad de personas que debían participar del debate, la audiencia se realizó en la Escuela de Capacitación Judicial, a efectos de dar cumplimiento a los protocolos vigentes para la prevención del coronavirus COVID-19.

El siniestro vial fatal sucedió en diciembre de 2013. De acuerdo con la investigación, a las 21.40 del 28 de diciembre, Silva circulaba a bordo de una motocicleta Honda ELR 125 cc. En esa ocasión estaba acompañado por Marcio Alejandro Carranza; transitaba por calle Alpachiri, en sentido sur-norte. Al llegar a la intercepción de la calle Sumampa, del barrio Eva Perón, de manera imprudente, sin el cuidado ni la prevención necesaria, ingresó a la intersección sin advertir que de la calle Sumampa, en este sentido oeste-este, circulaba Jonathan Salazar Flores, a bordo de una motocicleta Honda Store. Este motociclista iba acompañado por una niña de 10 años. El impacto le causó la muerte a Salazar Flores por un grave politraumatismo.

En la instancia de alegatos, la fiscal correccional Pereyra mantuvo la acusación. Al mismo tiempo consideró que el acusado “despreció” los riesgos de circulación y embistió al joven. “Según el acto de procedimiento, se dio a la fuga. Cuando llegaron la policía y la ambulancia, el acusado ya no estaba. Levantó la moto y se fue”, remarcó. Por el impacto, la moto de Silva quedó con daños en la parte frontal y la del joven víctima, en el costado derecho. “Se fue del lugar del hecho. No le importó la víctima ni auxiliarla. Lo detienen después. Debió realizar maniobras de cuidado y prevención. El reproche penal es no haber tenido cuidado. Quedó arriba de la moto de la víctima. Golpeó del lado derecho de la moto y del cuerpo, que le causó la muerte. El riesgo lo puso Silva, no la víctima”, precisó. Además, la fiscal Pereyra advirtió que el acusado “no manifestó arrepentimiento ni colaboración”, consideró.

La Fiscalía había solicitado la pena de tres años y ocho meses, mientras que la querella pidió 4 años de prisión efectiva y resarcimiento por daños por $1.500.000. Finalmente, el juez Diego Chaile Costilla lo sentenció a dos años y siete meses de prisión. Además, le impuso el pago de $800.000 por los daños ocasionados.

"Tenía esperanza de que de acá se vaya detenido. Mi hijo era profesor de taekwondo, tenía chicos a su cargo. Era un deportista. Participó en los Juegos Transandinos, tenía toda la vida por delante. Esperé ocho años para una sentencia y ahora pasa esto", lamentó Isabel Torres Flores, madre del joven fallecido al finalizar el debate.(Fuente el Ancasti)

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