Para La Fiscalía Dario Tello Práctica Artes Marciales y Es Un Agravante en el Homicidio de Diego Pinto.

Para la Fiscalía fue atacado de manera brutal la víctima no realizó ningún acto defensivo al momento de ser atacada por Tello y Cristaldo.

DESTACADA DEL DIA 30 de noviembre de 2023 Redaccion Catamarca en cana Redaccion Catamarca en cana
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(Facundo Cristaldo)(Ramón Tello)IMG_20231129_103536IMG_20231129_111049IMG_20231129_104454

 (Fiscal Sebastián Pelisari)
 
 
 
El fiscal de Instrucción Nº 8, Sebastián Pelisari solicitó que se dicte la prisión preventiva en contra de Ramón Tello y Facundo Cristaldo, los dos imputados por el homicidio de Diego Pinto.
 
 
 
 
 

 
Para el representante del Ministerio Público Fiscal (MPF), no hubo una pelea entre los protagonistas del hecho sino más bien una embestida brutal por parte de Tello y Cristaldo en contra de la humanidad de la víctima.
 
Ayer, se realizó la audiencia de prisión preventiva en el edificio del Juzgado de Control de Garantías. El acto procesal fue dirigido por el juez de Control de Garantías Nº 1, Héctor Rodolfo Maidana.
 

En la sala, además de Maidana, estuvo el fiscal Pelisari; los acusados Tello y Cristaldo; y los abogados defensores Víctor García (por Tello) y Enrique Lebrón y Germán Bordón (por Cristaldo).

El investigador Pelisari buscó la prisión preventiva de los sospechosos. La defensa de Cristaldo pidió la libertad y planteó la posibilidad de fijar una caución y lo que se considere necesario para que el acusado pueda salir del Servicio Penitenciario Provincial (SPP) de Miraflores, donde se encuentra encarcelado.

Además, mencionó que van a colaborar con la Justicia. Por otra parte, solicitó que se les brinde tratamiento psicológico a los dos encartados para que transiten el proceso.

La defensa de Tello también pidió que el hombre sea liberado con caución y con los controles correspondientes. Por otra parte, planteó que se nulifique el decreto de determinación del hecho y el cambio de calificación de Tello, quien está acusado de “homicidio simple con dolo eventual” por “homicidio preterintencional”.

Luego de oír a las partes, el magistrado Maidana estableció un cuarto intermedio e indicó que el miércoles 6 de diciembre dará a conocer el veredicto.

Al momento de los alegatos, el fiscal se refirió a declaraciones testimoniales de testigos que están incluidas en el expediente de la causa y que dan cuenta “de manera coincidente” de qué manera sucedió el ataque en contra de Pinto.

“Coinciden todos estos testigos en que, en ese momento, el señor Pinto, con el afán de reclamar un accionar previo, de insultos hacia su persona, descendió del vehículo, se dirigió (hacia los acusados) y sin realizar ningún acto de defensa, es agredido inicialmente por Tello, quien le aplica un golpe de puño en el rostro, generando inmediatamente la caída de la víctima al piso en una vereda de cemento y con ello la inconsciencia de la víctima para inmediatamente aproximarse Cristaldo y aplicarle un golpe de pie en la cabeza”, detalló.

Luego, Pelisari enfatizó en que “estas declaraciones testimoniales son coincidentes en relatar prácticamente lo mismo: no hay signos de defensa en el cuerpo de Pinto; no hay pelea, directamente es un acometimiento físico brutal por parte de Tello, quien en pleno conocimiento de artes marciales, lo cual ha sido ratificado por su propia hermana, con pleno conocimiento de la consecuencia que puede traer aparejado su accionar, igualmente le produjo ese daño, generó ese golpe a Pinto y en palabras de los testigos, Pinto cayó como caen los boxeadores, cae pesadamente al suelo para después ser agredido por Cristaldo”.

El investigador describió que los golpes que le dieron Tello y Cristaldo a Pinto -según la investigación- generaron a la víctima una fractura craneoencefálica grave, una fractura de base de cráneo y una fractura frontoparietal izquierda, entre otras lesiones.

El fiscal consideró que la libertad de Tello y Cristaldo representaría un “riesgo procesal”. También estimó que ambos podrían fugarse como un modo de eludir la acción de la Justicia debido a que están imputados por un hecho grave.

Además, mencionó que podrían entorpecer la pesquisa al tratar de influir en las declaraciones testimoniales que son fundamentales en la causa. Esto último lo relacionó con el hecho de que Tello vive cerca de algunos de los testigos.

Pelisari señaló que ambos comprenden la criminalidad del hecho que les endilgan, según surgió de las pericias psiquiátricas que les realizaron.

También dedicó unos minutos para hablar de las pericias psicológicas de los imputados.

En el caso de Tello, destacó que “presenta indicadores de alteraciones psicológicas como ansiedad interna, dificultad en el control de los impulsos que aparecen ante situaciones reactivas. Estos rasgos de personalidad evidencian su déficit en los recursos de afrontamiento de emociones e intolerancia a las frustraciones ante situaciones vivenciadas como estresoras ante las cuales actúa de manera impulsiva y podría derivar en situaciones de riesgo para terceros”.

De Cristaldo, remarcó que tiene “una dificultad en el control de los impulsos, generando un riesgo para terceros”.

Caso
Pinto fue atacado el domingo 15 de octubre. Ocurrió a la salida de un boliche, en la zona de Alto Fariñango, en la ciudad Capital.

Para la Fiscalía, Tello le aplicó un golpe de puño a la víctima y Cristaldo, una patada. Luego de la agresión, Pinto debió ser internado en la terapia intensiva del Hospital San Juan Bautista (HSJB), donde murió el domingo 22 de octubre. Por el suceso, Tello y Cristaldo están acusados de “homicidio simple con dolo eventual”.
 
 
 

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