Se debían prostituirse para pagarle la droga que le vendía "Ruli" Oliva.

Un párrafo de los fundamentos de la condena contra el proxeneta "Ruli" Oliva condenado por explotación sexual y declarado reincidente.

JUDICIALES 08 de enero de 2024 Redaccion Catamarca en cana Redaccion Catamarca en cana
Screenshot_20240108_080503_Photos~2

El 13 de diciembre, Mario “Ruli” Oliva fue condenado a 12 años de prisión efectiva de manera unánime por el Tribunal Oral Federal (TOF), que lo encontró culpable por los delitos de “trata de personas agravada” y “tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravada por el número de personas”. Además, Oliva fue declarado reincidente por segunda vez.
 

   
 
 
 
 
 

 
Oliva -que ya tenía una condena de 4 años y 6 meses por venta de drogas- llegó detenido a juicio. La causa más antigua era de agosto del 2018 cuando quedó detenido por la trata de personas y explotación sexual de una joven oriunda de Santiago del Estero, a quien mantenía cautiva en una casa del barrio La Viñita. Por esa causa, Oliva llegó a juicio imputado junto a K.H., quien fue absuelta.
          
 
La causa por narcotráfico era de noviembre del 2020. Según la pesquisa realizada por Gendarmería Nacional, Oliva comercializaba cocaína, marihuana y además medicamentos que conseguía a través del empleado de una farmacia, que también estuvo sentado en el banquillo de los acusados pero fue beneficiado con la probation. Junto a Oliva fueron condenados Diego Arroyo (4 años), Ivana Vargas, Manuel Díaz y Jonathan Molina Vildoza (6 años) y Juan Carlos Moreno (6 años y 6 meses).

 
Todos, salvo Oliva, cumplirán la condena en su domicilio.

Fundamentos
El 20 de diciembre, el TOF dio a conocer los fundamentos de la resolución. Para los jueces, Oliva "se aprovechó de la extrema situación de vulnerabilidad" de la joven santiagueña, identificada como A.P.A. en la causa.

"Es falso que haya existido una promesa de trabajo en la casa de la madre de Oliva como personal de limpieza, sino que lo que realmente sucedió es que Oliva cambió los términos económicos del acuerdo y aprovechándose de la vulnerabilidad de A.P.A., la explotó al punto de quedarse con todo lo recaudado por ella".

Al referirse a la vulnerabilidad, los jueces detallaron que se trataba de la "mala situación económica, que no tenía lazos afectivos y de contención aquí y que, a su vez, tampoco tenía otro lugar para quedarse, etc".

En el allanamiento realizado por Trata de Personas en su domicilio se encontraron geles íntimos y preservativos entre otros elementos. Al momento del juicio, Oliva dio una explicación insólita: dijo que se los regalaba una amiga obstetra que trabajaba en la Maternidad 25 de Mayo. No obstante, no aclaró que los elementos estaban usados. "Situación ésta que termina por demostrar que claramente en dicha vivienda se llevaban a cabo prácticas sexuales", argumentaron los jueces.

Un aspecto determinante señalado por los jueces es la conexión entre los delitos la trata de personas y la venta de drogas.

"Oliva se proveía de estupefacientes a los fines, tanto de venderlos a terceras personas, como así también utilizarlos en su empresa criminal de trata de personas con fines de explotación sexual. Ello es así que conseguía la droga, la cual le era 'facilitada' a sus víctimas, quienes necesitaban de ella para poder sobrellevar la situación de absoluta vulnerabilidad con la que vivían, y luego Oliva les cobraba a sus víctimas reteniéndoles el dinero generado por ellas", precisaron.

Mario Oliva fue declarado reincidente por segunda vez

"Esta forma de proveer droga a sus víctimas compone una forma de violencia de Oliva hacia ellas, ya que las volvía dependientes, debiendo prostituirse para poder pagarle por las drogas y medicamentos, suministrando asimismo estimulantes sexuales a los fines de que los hombres que concurrían al lugar pudieran abusar sexualmente de ellas".

En otro tramo hicieron mención a la situación de K.H. Su abogada defensora, Silvia Barrientos, señaló que más que imputada o victimaria era víctima de Oliva. Pidió que sea absuelta.

En igual sentido se refirió en su alegato la fiscal María Delicia Correa, quien cuestionó la falta de perspectiva de género que existió durante la etapa de investigación, ya que hicieron hincapié en la situación de vulnerabilidad en que se encontraba la joven, quien antes ya había sido juzgada y absuelta en la causa de 'El juego de los papelitos', en las que fueron condenados Jorge Cardozo y Roberto Acosta.

"Las analogías entre las causas son más que evidentes, si elimináramos los nombres Acosta y Cardozo y agregáramos Oliva estaríamos prácticamente en la misma plataforma fáctica, con la diferencia que aquí se probó la finalidad de explotación de la prostitución, su consumación, el ofrecimiento, el traslado y el acogimiento para ese fin", expresaron.
 
 

Lo más visto

Suscríbete al newsletter para recibir periódicamente las novedades en tu email