
La Justicia de Catamarca sigue anestesiada: a más de un año del caso Leguizamón, no hay respuestas para la sociedad
Familiares y amigos de la docente Claudia Leguizamón volvieron a marchar frente a Fiscalía General.
El jurado fue unánime y la ley no dejó margen: “La única pena posible es prisión perpetua”.
JUDICIALES 12/02/2026
Carlos López Véliz
El crimen de Raymundo “Gringo” Barrionuevo quedó marcado como uno de los más brutales juzgados en la provincia. La sentencia fue tan contundente como el veredicto: prisión perpetua para Dardo Exequiel “Peque” Condorí por homicidio doblemente calificado por ensañamiento y criminis causa.
Los fundamentos fueron claros y lapidarios:
“La única pena posible es la prisión perpetua. No hay alternativas, no hay excepciones, no hay margen de maniobra.”
La audiencia de cesura fue breve, casi fría. No hubo debate sobre atenuantes. No hubo discusión sobre años de condena. El Código Penal ya tenía escrita la respuesta. El artículo 80, incisos 2° y 7°, prevé la sanción más grave del sistema penal argentino.
Doce ciudadanos –el jurado popular– deliberaron en privado y regresaron con un veredicto unánime: culpable. A partir de ese momento, el encierro perpetuo era inevitable.
🔪 Un ataque feroz
El 15 de enero de 2023, en su vivienda del barrio San Ramón, el “Gringo” Barrionuevo, de 80 años, fue sometido a un ataque de violencia extrema.
Más de treinta puñaladas. Golpes brutales. Lesiones que, según se expuso en el juicio, evidenciaban no solo la intención de matar sino de provocar un sufrimiento desmedido.
Ese nivel de agresión fue determinante para que el jurado entendiera configurado el ensañamiento. El crimen no dejó espacio para matices.
Cuando el veredicto se pronunció, el destino judicial de Condorí quedó sellado. La jueza Daniela Barrionuevo solo debió formalizar lo que la ley impone para los delitos de mayor gravedad: prisión perpetua.
Un caso que se jugó “a todo o nada”.
Y terminó con la sanción más severa que contempla el derecho penal argentino.

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